Asesoría contable en Sevilla
Contabilidad rigurosa y cuentas anuales en plazo, para cumplir con la ley y decidir mejor.
Llevamos la contabilidad conforme al Código de Comercio y al Plan General de Contabilidad, y la coordinamos con la fiscalidad de tu empresa.
Contabilidad general
Llevamos tus libros al día, tal como exige la ley.
Llevanza conforme al Código de Comercio y al Plan General de Contabilidad (RD 1514/2007 y, para pymes, RD 1515/2007): libro diario, libro de inventarios y cuentas anuales, y registros de IVA.
Contabilidad analítica y de gestión
Te mostramos dónde ganas y dónde pierdes dinero.
Cálculo de costes por producto, servicio o cliente, márgenes, presupuestos y cuadros de mando para el seguimiento de la actividad.
Cierre del ejercicio
Dejamos las cuentas cuadradas al terminar cada trimestre y cada año.
Conciliaciones bancarias, regularización de existencias, amortizaciones, provisiones y periodificaciones, con cierres trimestrales y anual.
Cuentas anuales
Preparamos las cuentas anuales de tu sociedad y las llevamos a la junta.
Formulación de las cuentas anuales (balance, cuenta de pérdidas y ganancias, memoria y, en su caso, estados de cambios en el patrimonio neto y de flujos de efectivo) en los tres meses siguientes al cierre y aprobación por la junta (art. 164 LSC).
Legalización y depósito
Legalizamos tus libros y presentamos las cuentas en el Registro Mercantil.
Legalización telemática de los libros contables y depósito de las cuentas en el Registro Mercantil dentro del mes siguiente a su aprobación (art. 279 LSC).
Impuesto sobre Sociedades
Convertimos el resultado contable en el impuesto que debe pagar tu sociedad.
Conciliación del resultado contable con la base imponible: ajustes, deducciones, bonificaciones y pagos fraccionados (modelos 200 y 202).
Declaraciones informativas
Informamos a Hacienda de tus operaciones con clientes y proveedores.
Operaciones con terceros (modelo 347), operaciones intracomunitarias (349) y resúmenes anuales de IVA (390) y de retenciones (190).
Análisis de estados financieros
Valoramos si tu empresa es rentable y financieramente sana.
Ratios de liquidez, endeudamiento y rentabilidad, y control del equilibrio patrimonial: es causa de disolución que el patrimonio neto caiga por debajo de la mitad del capital social (art. 363.1.e LSC).
Servicios generales
- Contabilización de facturas de clientes y proveedores
- Conciliaciones bancarias y análisis de cuentas
- Cierres trimestrales y anual
- Amortizaciones, provisiones y periodificaciones
- Formulación de cuentas anuales y legalización de libros
- Depósito de cuentas en el Registro Mercantil
- Cálculo del Impuesto sobre Sociedades y pagos fraccionados
- Declaraciones informativas (347, 349, 190 y 390)
- Análisis de estados financieros y de equilibrio patrimonial
¿Cuándo acudir a nosotros?
- Vas a constituir una sociedad y necesitas llevar su contabilidad desde el primer día
- Debes formular, aprobar y depositar las cuentas anuales
- Quieres conocer la situación económica real de tu negocio
- Has acumulado pérdidas y necesitas valorar el equilibrio patrimonial de la empresa
Preguntas frecuentes
¿Quién está obligado a llevar contabilidad?
Todo empresario, persona física o sociedad, debe llevar una contabilidad ordenada (art. 25 del Código de Comercio). El alcance cambia según la forma jurídica y el régimen fiscal: una sociedad lleva contabilidad completa conforme al Plan General de Contabilidad.
¿Cuándo hay que depositar las cuentas anuales?
Las cuentas se formulan en los tres meses siguientes al cierre, se aprueban en la junta en los seis primeros meses y se depositan en el Registro Mercantil dentro del mes siguiente a su aprobación (arts. 253, 164 y 279 LSC).
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